Resumen del criterio jurisprudencial
El Juez de Garantía condenó en procedimiento simplificado por dos delitos de robo con fuerza en bienes nacionales de uso público a la pena única de sesenta días de prisión, entendiendo que el artículo 395 del Código Procesal Penal busca premiar a quien ahorra recursos al Estado con penas de prisión. La Fiscalía interpuso un recurso de nulidad. La Corte acogió el recurso, expresando que, de acuerdo a una interpretación histórica y sistemática del artículo 395 del Código Procesal Penal, el término prisión debe entenderse en un sentido amplio y comprensivo de toda privación de libertad mediante cárcel, no estando facultado el Juez para rebajar la pena más allá de lo establecido por el artículo 68 del Código Penal. Al hacerlo bajo el pretexto de entender que el legislador quiso premiar a quien admite responsabilidad mediante el citado artículo 395 para recibir penas menores a las que en derecho le corresponderían, se incurrió una errónea aplicación del derecho.