Resumen del criterio jurisprudencial
El Ministerio Público interpuso un recurso de nulidad en contra de la sentencia absolutoria dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal basado en la causal del artículo 374 letra e) en relación con el artículo 342 letra c), ambos del Código Procesal Penal. Argumentó, al efecto, que si bien es cierto que el Tribunal es libre en la valoración que le da a la prueba de las partes, esta libertad tiene el límite de no violar la lógica y las máximas de la experiencia. Dadas las pruebas presentadas, fuerza era concluir la participación de los acusados. La Corte, en voto de mayoría, acogió el recurso haciendo una exposición de todos los hechos que se dieron por probados para demostrar que a partir de ellos no cabía sino concluir que al menos uno de los acusados tuvo participación en los hechos que se le imputaban. El voto de minoría estuvo por rechazar el recurso, porque el planteamiento presentado obligaba a la revisión de cuestiones de hechos y valoración de pruebas, los cuales sólo atañen a los jueces del fondo.