Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo interpuesto contra la Subsecretaría de Salud Pública, que había negado el acceso a la base de datos con todos los egresos hospitalarios del año 2021. El Consejo estimó que se trata de información pública estadística que, al entregarse anonimizada, no permite identificar a personas determinadas ni revelar información sensible sobre su salud, por lo que no se afecta la privacidad conforme a la Ley de Protección de la Vida Privada y la Ley N° 20.584. Asimismo, desestimó la causal de reserva por distracción indebida de funcionarios, por no acreditarse sus presupuestos. Se ordenó entregar la información, previo tarjado de los datos personales de contexto y sensibles, especialmente aquellos relativos a la identidad de los pacientes, en aplicación del principio de divisibilidad. La consejera G.F.G. se abstuvo por conflicto de intereses.