Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo deducido contra la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor T., por la negativa a entregar información sobre la Cooperativa Finacoop Ltda. Se ordenó la entrega de los ordinarios de fiscalización in situ de los años 2018 y 2019 y del ordinario de seguimiento de fiscalización de 2019, por tratarse de información pública que obra en poder del órgano en ejercicio de sus facultades fiscalizadoras, desestimándose la alegación del tercero interesado sobre afectación de derechos económicos y comerciales por no haberse acreditado la causal de reserva. Se rechazó el amparo respecto de la identidad y datos de personas naturales y jurídicas vinculadas a la cooperativa, que no fueron objeto de fiscalización, y respecto de las propuestas, acuerdos, dietas y remuneraciones de sus órganos internos, por configurarse la causal de reserva del artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia. Se ordenó al órgano cumplir lo resuelto y acreditar la entrega dentro del plazo legal.