Resumen
El Tribunal Constitucional conoció un requerimiento de inaplicabilidad contra el artículo 1, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, que excluye de las penas sustitutivas a ciertos delitos. Los requirentes sostenían que esa exclusión era desproporcionada, inequitativa y contraria a la finalidad de reinserción social, y que vulneraba la dignidad humana y el debido proceso. La mayoría del Tribunal acogió el requerimiento, razonando que el uso de la privación de libertad debe reservarse para conductas graves, que las penas sustitutivas no equivalen a impunidad y que la exclusión total de ciertos delitos, sin atender a la gravedad concreta medida por el quantum de la pena, produce una desproporción sustancial en el caso concreto, con infracción de los artículos 19 N° 2 y N° 3, inciso sexto, de la Constitución.