El Tribunal Constitucional acogió parcialmente un requerimiento de inaplicabilidad por…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2019
Resumen
El Tribunal Constitucional acogió parcialmente un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de una disposición que restringía el acceso a penas sustitutivas para ciertos delitos. La mayoría sostuvo que el derecho a punir del Estado no es absoluto y debe limitarse por principios como la dignidad humana, la proporcionalidad de las penas y la reinserción social. Estimó que la exclusión absoluta de penas sustitutivas para determinados delitos resultaba desproporcionada e inequitativa, al no guardar relación con la gravedad del ilícito ni cumplir con los fines de reinserción, vulnerando los principios de proporcionalidad e igualdad ante la ley. Sin embargo, la parte resolutiva del fallo indicó que la restricción de penas sustitutivas, en principio, es racional, pues es facultad del legislador priorizar el cumplimiento efectivo de la pena y limitar la discrecionalidad judicial, sin que se configure un trato discriminatorio, especialmente en delitos vinculados al control de armas, que la Constitución regula expresamente.
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Preguntas frecuentes
¿Es constitucional excluir de forma absoluta las penas sustitutivas para ciertos delitos según la Constitución chilena?
En este caso, el Tribunal Constitucional sostuvo que la exclusión absoluta de penas sustitutivas puede ser desproporcionada, pues no guarda relación con la gravedad del ilícito ni con la reinserción social. Sin embargo, la parte resolutiva concluyó que, en principio, la restricción es racional y que es facultad del legislador limitar la discrecionalidad judicial.
¿El derecho a punir del Estado tiene límites constitucionales en Chile?
En este caso, el Tribunal Constitucional sostuvo que el derecho a punir no es absoluto y debe limitarse por principios como la dignidad humana, la proporcionalidad de las penas y la reinserción social. Así lo planteó la mayoría del tribunal al resolver el requerimiento.
¿Puede el legislador impedir que el juez otorgue penas sustitutivas en delitos de control de armas?
En este caso, el Tribunal Constitucional estimó que la restricción de penas sustitutivas en delitos vinculados al control de armas, que la Constitución regula expresamente, no configura un trato discriminatorio. Se fundó en que el legislador puede priorizar el cumplimiento efectivo de la pena.
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