Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre si las funcionarias que se desempeñan en sistemas de turnos pueden acogerse al permiso postnatal parental en la modalidad de medios días. El dictamen recuerda que el artículo 197 bis del Código del Trabajo permite a las trabajadoras reincorporarse por la mitad de su jornada, extendiendo el permiso a dieciocho semanas, y que el empleador debe reincorporarlas salvo que, por la naturaleza de sus labores, éstas sólo puedan desarrollarse en la jornada previa al permiso. El decreto N° 1.433, de 2011, del Ministerio de Hacienda, exige que la negativa del servicio sea fundada y comunicada mediante oficio dentro de tres días hábiles. El organismo reconoce la facultad de la autoridad para implementar turnos, en virtud de los principios de servicialidad, continuidad y regularidad de la función pública. Concluye que corresponde a cada servicio determinar, fundadamente, si las servidoras pueden gozar del permiso en la modalidad de medios días.