Resumen
El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo presentado por una ciudadana en contra de la Subsecretaría de Educación, relativo a información sobre el proceso de evaluación consultado. El órgano acogió parcialmente el amparo únicamente respecto de los antecedentes profesionales de los correctores, información que se tuvo por entregada de forma extemporánea, en mérito de lo informado por la Subsecretaría en esa sede. Rechazó, en cambio, la entrega de la identidad de los correctores y de cualquier otro dato que permita identificarlos, por configurarse las causales de reserva o secreto del artículo 21 N°1 y N°2 de la Ley de Transparencia, esta última en relación con la Ley N°19.628 sobre Protección de la Vida Privada. La decisión se adoptó por unanimidad del Consejo Directivo y se contempla la posibilidad de reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente.