Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Subsecretaría General de la Presidencia, por la negativa a entregar antecedentes en poder del órgano relativos a una solicitud de acceso a la información. El Consejo estimó que, por sus competencias en materia de transparencia de la función pública y de coordinación con otros órganos, la Subsecretaría estaba en condiciones de entregar parte de lo pedido. Por ello ordenó la entrega de los antecedentes existentes a la fecha de la respuesta, excluyendo el dato de la casilla de correo electrónico, conforme a la aplicación del principio de divisibilidad planteada por el reclamante. Además, recomendó remitir al solicitante un listado de los datos de su solicitud sin dicha casilla, y, aplicando el principio de facilitación, encargó enviarle un listado de los enlaces de transparencia de los servicios públicos de la administración central del Estado.