Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo deducido contra la Subsecretaría de Relaciones Exteriores, que había denegado el acceso a un expediente de sumario administrativo por acoso laboral. Se ordenó la entrega de copia del expediente, reservando previamente la identidad de particulares y funcionarios que declararon como testigos, las impresiones de correos, mensajes y conversaciones no acompañados por la reclamante, y los datos personales y sensibles de personas distintas de la reclamante. La decisión aplicó el principio de divisibilidad, invocando el artículo 21 N°1 y 2 de la Ley de Transparencia, y se fundó en el control social de la función pública una vez adoptada la decisión disciplinaria. Se dispuso que la entrega se realice previa verificación de identidad, preferentemente por medio alternativo a la entrega personal, y que el órgano acredite su cumplimiento.