Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo contra la Agencia de Calidad de la Educación y ordenó la entrega del expediente de un sumario administrativo por acoso laboral, con las debidas tarjaciones. La discusión giró en torno a la reserva por distracción indebida de funcionarios, causal que el Consejo desestimó por no haber sido acreditada. Aplicando el principio de divisibilidad, el organismo deberá tarjar la identidad de particulares y funcionarios que declararon como testigos, correos electrónicos, conversaciones de WhatsApp y mensajes no acompañados por la recurrente, y los datos personales y sensibles de terceros. Asimismo, deberá entregar a la parte reclamante sus propios datos sensibles previa verificación de su identidad, acreditar el cumplimiento dentro de plazo y adoptar medidas para resguardar la identidad de la reclamante en sus bases de datos. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.