Resumen del criterio jurisprudencial
Valeria Ignacia Lobos Villalobos interpuso un recurso de protección contra la Tesorería General de la República por la emisión, notificación y ejecución de resoluciones de cobro de una deuda derivada del financiamiento de sus estudios superiores bajo la Ley N°20.027. La Corte de Apelaciones acogió el recurso, pero la Tesorería apeló. La Corte Suprema revoca dicha sentencia y rechaza el recurso. El tribunal sostiene que la acción de protección es de naturaleza cautelar, destinada a amparar el ejercicio de garantías constitucionales preexistentes ante actos arbitrarios o ilegales, y no constituye una instancia para declarar derechos que requieran debate o discusión propios de un procedimiento de lato conocimiento. En el caso, la pretensión del recurrente busca definir la naturaleza jurídica del crédito y determinar el tribunal competente y el procedimiento aplicable, cuestiones que exceden el ámbito cautelar de la acción constitucional. Por ello, se revoca la resolución apelada y se rechaza el recurso de protección.