Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la imputación de una diferencia de tasa de cotizaciones previsionales generada por el traspaso de aportes a la ex Caja de Retiro y Previsión Social de los Empleados Municipales de la República. Durante un período en que el recurrente trabajó en un departamento de educación municipal, el empleador enteró las imposiciones en una caja que no correspondía, y el Instituto de Previsión Social le cobró la diferencia resultante. El órgano concluyó que, aunque el imponente debe pagar el monto de esa diferencia para evitar un enriquecimiento sin causa, no debe cargar con los reajustes, intereses y multas generados por el retraso, pues el deber de enterar las cotizaciones correspondía al empleador y su error no puede perjudicar al funcionario. En consecuencia, ordenó al Instituto de Previsión Social determinar nuevamente la suma adeudada excluyendo dichos recargos, y le devolvió el expediente para ese efecto.