Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la situación previsional de un ex funcionario municipal cuyas cotizaciones no fueron integradas oportunamente en la antigua Caja de Retiro y Previsión Social de los Empleados Municipales durante el período comprendido entre septiembre de 2005 y mayo de 2009. El Organismo concordó con el Instituto de Previsión Social en que la Municipalidad de Santa Cruz debe pagar las cotizaciones no integradas, debiendo calcular y notificar la deuda, sin perjuicio de la cobranza que pueda efectuar la institución previsional. En cuanto a las diferencias de tasa y al valor nominal de las imposiciones no enteradas, estimó exigible la devolución por el período de cinco años hacia atrás desde el cese de funciones, aplicando las normas de prescripción del Código Civil, y dispuso que el Instituto descuente lo adeudado de las sumas a pagar por desahucio o pensión. Asimismo, precisó que el trabajador no debe compensar los reajustes, intereses ni multas generados por el retraso, pues el pago de las cotizaciones era responsabilidad del empleador. Finalmente, ordenó que el Instituto reconozca de inmediato el derecho al desahucio y a la pensión por vejez.