Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado en contra de Gendarmería de Chile, ordenando la entrega de información sobre si una funcionaria identificada en la solicitud concurrió a prestar funciones el 14 de agosto de 2023 o si gozaba de algún permiso administrativo, feriado legal o permiso de ausentismo similar ese día. El organismo había invocado las causales de reserva de los números 2 y 5 del artículo 21 de la Ley de Transparencia. El Consejo las desestimó porque la función pública debe ejercerse con probidad y transparencia, porque no se acreditó una expectativa razonable de daño o afectación con la especificidad requerida, y porque la asistencia de un funcionario y el uso de permisos constituyen información esencialmente pública que no es un dato personal sensible ni ha sido declarada reservada por ley de quórum calificado. Asimismo, se descartó la aplicación del artículo 27 del DL N°2.859, al tratarse de una consulta que no versa sobre la identidad de la funcionaria. La decisión ordena cumplir la entrega dentro del plazo fijado, bajo apercibimiento de sanciones, y contra ella procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.