Resumen
El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo interpuesto por una persona contra el Consejo de Defensa del Estado, que reclamaba acceso a la resolución adoptada por ese organismo respecto de denuncias penales. El Consejo estimó que el órgano cumplió su obligación de informar. Asimismo, señaló que los antecedentes sobre las razones jurídicas y fácticas que llevaron a no intervenir en los procesos penales, de existir en las actas del Comité Penal, están cubiertos por la causal de reserva del artículo 21 N° 5 de la Ley de Transparencia, en relación con el artículo 61 de la Ley Orgánica del Consejo de Defensa del Estado, que obliga a los funcionarios a guardar reserva sobre trámites y documentos de los asuntos en que interviene el servicio. La decisión fue adoptada por unanimidad, y contra ella procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.