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Tributario: SII, jurisprudencia judicial tributaria

Resumen del criterio jurisprudencial

La Excma. Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto por la contribuyente en contra de sentencia dictada por la Iltma. Corte de Apelaciones de Temuco, que confirmó la de primer grado que rechazó el reclamo interpuesto. El recurrente denuncia infracción a los artículos 14 letra A) N ° 1 letra c) de la Ley de Impuesto a la Renta, en relación al artículo 6 letra A N° 1 del Código Tributario, del artículo 7 de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos y artículo 376 del Código de Comercio. También denuncia infracción de las leyes reguladoras de la prueba, en particular el mismo artículo 14 letra A) N°1 letra c) de la Ley sobre Impuesto a la Renta en relación con el artículo 21 del Código Tributario. Por último, sostiene que se infringen los artículos 602, 603, 605 y 613 del Código de Comercio. La Corte indicó que encontrándose establecidos como presupuestos de lo decidido en primera instancia que la sociedad contribuyente no acreditó que fue liquidado un contrato de cuenta corriente mercantil, ni demostró la naturaleza de la operación de reinversión mediante la cual pretendía dar por cumplido el plazo de días que dispone el artículo 14 letra A) Nº 1 letra c) de la Ley sobre Impuesto a la Renta, éste no podía darse por cumplido, como tampoco la calidad de cuentas por cobrar que pretendía otorgarle al retiro, porque la naturaleza de las sumas que se señalaban como registradas en lo que se da por llamar cuenta corriente no podía estimarse como afectado de antemano a un empleo determinado. Por lo que se rechazó el reclamo deducido, ya que no se demostró la procedencia de la franquicia del artículo 14 letra A) Nº1 letra c) de la Ley sobre Impuesto a la Renta. El Excmo. Tribunal concluyó que el recurso deducido había sido planteado suponiendo la existencia de un contrato que no había sido establecido en autos, toda vez que se centraba fundamentalmente en el análisis de la disposición sustantiva que dirime la litis, el artículo 14 letra A Nº 1 c) de la Ley sobre de Impuesto a la Renta, así como del artículo 21 del Código Tributario. Por lo tanto, resultaba necesario que la parte interesada postulara y demostrara argumentativamente la efectiva infracción a las leyes reguladoras de la prueba destinada a obtener el asentamiento de los presupuestos de hecho que permitieran un análisis sustantivo. Lo cual no había ocurrido. Por último, indicó respecto la acusación que se ventilaba en el recurso respecto a la buena fe, que tampoco podía ser atendida, al no asentarse la identidad de las operaciones que se habían analizado, con aquellas abordadas en los oficios citados en el recurso. Lo anterior, ya que faltaba el presupuesto básico que permite su análisis, como era que se hubiera coincidido en la naturaleza jurídica atribuida a las operaciones que permitieron la invocación de la exención consagrada en el artículo 14 A Nº 1, situación que evidenciaba aún más la forma como el libelo se estructuraba sobre hechos diversos a los asentados en el proceso y de las conclusiones a las que había arribado el tribunal al decidir lo debatido.

SIIjurisprudencia judicial tributaria

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.