Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema revoca la sentencia apelada y rechaza el recurso de protección interpuesto por ARIAS contra el Servicio Nacional de Migraciones. El recurrente alegaba una demora ilegal y arbitraria de más de seis meses en la respuesta a su solicitud migratoria, fundada en el artículo 27 de la Ley N° 19.880. La Corte sostiene que dicho plazo no es fatal y que la demora se justifica por la masificación de la migración regular e irregular, constituyendo fuerza mayor. Además, señala que el recurrente se encuentra en situación migratoria regular, por lo que no se afectan sus derechos constitucionales. La acción de protección no es la vía idónea para acelerar procedimientos administrativos, pues la ley contempla el silencio administrativo como mecanismo de celeridad. Acoger el recurso podría vulnerar el principio de igualdad ante la ley al privilegiar a algunos solicitantes sobre otros. En consecuencia, se rechaza el recurso.