Resumen del criterio jurisprudencial
Mario Díaz Rojas interpuso un recurso de protección contra la Tesorería General de la República por la emisión, notificación y ejecución de resoluciones de cobro de una deuda derivada del financiamiento de sus estudios superiores conforme a la Ley N°20.027. La Corte de Apelaciones acogió el recurso, pero la Tesorería apeló. La Corte Suprema revocó la sentencia apelada y rechazó el recurso, señalando que la acción de protección es de naturaleza cautelar y no cabe para definir la naturaleza jurídica del crédito ni para determinar el tribunal competente o el procedimiento aplicable. El tribunal consideró que estas cuestiones requieren un debate propio de un juicio de lato conocimiento, excediendo el ámbito de la acción constitucional. En consecuencia, se confirmó que el recurso de protección no es la vía idónea para impugnar la cobranza administrativa en este caso.