Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre una solicitud de tres funcionarios del Hospital Militar de Santiago, quienes reclamaban el bono de escolaridad previsto en el artículo 13 de la ley N° 20.642. El hospital informó que los peticionarios, por estar afectos a las normas del Código del Trabajo, no podían acceder a ese beneficio. El organismo constató que el artículo 13 otorgó por una sola vez el bono a trabajadores del sector público indicados en el artículo 1° de la ley, categoría que no comprende a quienes sus remuneraciones son fijadas por la entidad empleadora, como ocurre con el personal de ese hospital, criterio ya sostenido en un dictamen previo sobre una situación similar. En consecuencia, concluyó que los recurrentes no tienen derecho al pago del beneficio.