Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la consulta de un funcionario del Hospital El Pino, quien pregunta si le corresponden los beneficios económicos de la ley N° 20.559 y de la ley N° 20.642, y el bono del artículo 1° de la ley N° 20.646. El órgano concluyó que, si sus labores están sujetas al Código del Trabajo, tiene derecho a los bonos de las leyes N° 20.559 y N° 20.642, pues estas normas los otorgan a los trabajadores de las instituciones de salud independientemente del régimen que los rija, y el hospital debe regularizar su situación. En cambio, determinó que no tiene derecho al bono de mejoramiento de la calidad de trato al usuario de la ley N° 20.646, porque ese beneficio no alcanza a los empleados regidos por el Código del Trabajo. Además, advirtió que la contratación bajo ese código es excepcional y no procede para labores administrativas, por lo que de comprobarse esa situación el hospital deberá regularizar la vinculación, y remitió los antecedentes a la D.A.A..