Resumen del criterio jurisprudencial
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) sancionó a Granja Marina Tornagaleones S.A. con la clausura definitiva de las obras del centro de cultivo de salmónidos, por ejecutar labores de engorda de peces sin la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) respectiva, ya que las actividades se realizaron 800 metros fuera del lugar autorizado. El Tribunal Ambiental, al conocer en consulta la resolución, consideró incorrecta la tipificación de la infracción, ya que los hechos constituían un incumplimiento de las condiciones de ubicación de la RCA, no una falta de RCA. Además, estimó que la sanción de clausura definitiva era desproporcionada, pues el infractor ya se había comprometido a trasladar el centro al lugar autorizado, y la sanción no cumplía fines preventivos ni retributivos. Por ello, rechazó la sanción consultada y ordenó a la SMA resolver nuevamente la sanción.