Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un ex empleado de la Línea Aérea Nacional, calificado como exonerado político, que pedía que su pensión no contributiva, por gracia, fuera calculada conforme al artículo 132 del D.F.L. N° 338, de 1960. El organismo rechazó la reconsideración y ratificó el dictamen previo, que había concluido que no corresponde aplicar dicho método. Fundamentó la decisión en que, con la entrada en vigencia del D.F.L. N° 1-2.758, de 1979, perdieron eficacia los esquemas de cargos y escalafones, reservándose el precepto solo a fiscales y jefes superiores de servicio. Además, el beneficio del inciso segundo del artículo 2° del D.L. N° 3.529, de 1980, solo alcanzaba a quienes ocupaban esos cargos a su entrada en vigencia, condición que no cumplía el recurrente. Como la nueva petición no aportó antecedentes distintos, se mantuvo el criterio anterior.