Resumen del criterio jurisprudencial
La I. Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de apelación interpuesto por la contribuyente y revocó la sentencia dictada por el Primer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana, que rechazó el reclamo en contra de la liquidación en la que se determinó el pago del impuesto único por ahorro previsional voluntario. La controversia versó sobre si al contribuyente le correspondía o no pagar una determinada suma de dinero por concepto de impuesto único por retiro de ahorro previsional voluntario. La contribuyente sostuvo que al momento del retiro se le retuvo un 15%, y reconoció además, que efectuó su declaración anual de Impuesto a la Renta sin incluir dicho retiro y sin considerar la retención del 15%, estimando que con la retención efectuada se encontraba cumplida su obligación tributaria. El tribunal de primera instancia, sin recibir la causa a prueba por estimar que no existían hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, confirmó la liquidación del Servicio de Impuestos Internos que no consideraba la retención efectuada del 15%. La Corte de Apelaciones concluyó que sí existían hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos que, de ser acreditados, incidirán en la resolución de la controversia, como son los relativos a la alegación de la contribuyente de haber cumplido con su obligación tributaria, haciendo mención a una retención que no fue considerada por la reclamada, lo que modificaría la realidad propuesta por el ente fiscalizador. El Tribunal de alzada expresó además que todos los supuestos fácticos requieren de ser probados en el juicio y para ello resultaba esencial en autos recibir la causa a prueba fijando aquéllos, conforme al principio del debido proceso, que debe inspirar todo procedimiento judicial y, dispuso por tanto se dictare resolución interlocutoria de prueba conforme a la controversia planteada, y, que una vez recibida, se dictare la sentencia definitiva.