Resumen del criterio jurisprudencial
Dina Medina Cruces interpuso una reclamación contra el avalúo tributario que implicó un aumento del 19,15% respecto al semestre anterior. El Tribunal, mediante resolución del 17 de julio de 2013, le apercibió para que cumpliera con los artículos 125 N°2, 3 y 4 y el artículo 149 del Código Tributario dentro de un plazo de quince días. La notificación se realizó por publicación en el sitio web del tribunal y por correo electrónico. Transcurrido el plazo, la parte reclamante no presentó la documentación requerida, lo que según el artículo 64 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 125 del Código Tributario constituye una causal de extinción del derecho. En consecuencia, el Tribunal declaró el reclamo como no presentado y ordenó su notificación al reclamante. La resolución fue firmada por el juez Felipe Muñoz Albónico y autorizada por el secretario Javier Alarcón Rojas.