Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo deducido en contra de la Subsecretaría de Educación, interpuesto por una docente que solicitó antecedentes sobre los correctores de su portafolio docente 2022. El Consejo ordenó entregar información sobre la profesión, la especialidad y los años de experiencia en el aula de los correctores, por tratarse de información pública que contribuye al control social y a la calidad de la educación, descartando las causales de reserva de afectación al cumplimiento de funciones del órgano y de afectación de derechos de terceros. Previo a la entrega, el órgano podrá tarjar datos personales y sensibles de contexto. Se rechazó el amparo en cuanto a la entrega de la identidad de los correctores y de cualquier otro dato que permita identificarlos, por afectar la vida privada y la protección de datos personales, configurándose la causal del artículo 21 N.°2 de la Ley de Transparencia. La decisión recuerda las consecuencias de incumplimiento previstas en el artículo 46 de la ley y ordena acreditar la entrega efectiva de la información.