Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo deducido contra la Subsecretaría de Educación por la negativa a entregar información sobre los correctores del portafolio docente 2022 del reclamante. Se ordenó entregar los antecedentes sobre profesión, especialidad y años de experiencia en el aula de los correctores, por tratarse de información de naturaleza pública que contribuye al control social y al fortalecimiento de la profesión docente, descartándose las causales de reserva de afectación al debido cumplimiento de las funciones del órgano y de afectación de derechos de terceros. Se rechazó, en cambio, la entrega de los nombres de los correctores, por estimar que su divulgación afectaría la vida privada y los datos personales de sus titulares, configurándose la causal de reserva del artículo 21 N°2 de la Ley de Transparencia. Se previno que, de ser pertinente, el órgano deberá tarjar los datos personales y sensibles de contexto antes de la entrega, y se apercibió con las sanciones del artículo 46 de la ley en caso de incumplimiento.