Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal tributario y aduanero de la araucania, no dio lugar al reclamo presentado por el contribuyente agricola san luis limitada, en contra de la liquidación n° 233, de 20 de mayo de 2014, emitida por el sii y que rechazó la perdida declarada por el contribuyente en el año tributario 2011. al efecto, el tribunal rechazó primeramente la alegación de prescripción formulada por el contribuyente, estimando que la acción fiscalizadora se llevó a cabo dentro de los plazos que establece el artículo 200 del código tributario y, además, estimó que los actos reclamados se encontraban debidamente fundados, por cuanto el contribuyente no acreditó ni en la etapa de fiscalización ni en sede jurisdiccional el cumplimiento de los requisitos para hacer valer como gasto la pérdida tributaria invocada.