Resumen del criterio jurisprudencial
Empresa CMPC S.A. reclamó contra la Resolución Exenta N° 2604 de la Dirección General de Aguas que rechazó su reconsideración respecto de la Resolución N° 2087 que autorizó el traslado del ejercicio del derecho de aprovechamiento de aguas de Aguas Andinas S.A. desde la bocatoma El Clarillo a la bocatoma San Carlos. CMPC argumentó que el traslado afectaría sus derechos no consuntivos al disminuir el caudal. La Corte de Apelaciones rechazó la reclamación, pero la Corte Suprema, actuando de oficio, anuló la sentencia y acogió la reclamación, dejando sin efecto las resoluciones administrativas. La Corte Suprema consideró que la sentencia impugnada adolecía de un vicio de casación en la forma, y que la DGA no había fundamentado adecuadamente la disponibilidad del recurso. Se acogió la reclamación y se anularon las resoluciones de la DGA.