Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de una funcionaria que pedía acceder al bono de la ley N° 20.305. La recurrente había cesado en su cargo por declaración de vacancia por salud incompatible, dispuesta en 2007. El organismo concluyó que el beneficio exige haber cesado entre el 14 de noviembre de 2003 y el 1 de enero de 2009 por alguna de las causales taxativas del artículo transitorio de dicha ley, como la renuncia voluntaria, la obtención de pensión de vejez, la supresión del empleo o el artículo 161 del Código del Trabajo. La vacancia por salud incompatible no está contemplada, por lo que no procede el bono. Además, rechazó el argumento de que debía declararse previamente la salud irrecuperable, pues el artículo 150 de la ley N° 18.834 contempla la vacancia por salud incompatible, y el artículo 151 permite considerarla por licencias médicas prolongadas sin esa declaración.