Resumen
La Contraloría General de la República dictaminó que una exfuncionaria municipal no tiene derecho al bono postlaboral establecido en la ley N° 20.305, porque lo solicitó después de haber cesado en sus funciones y su cese no se debió a ninguna de las causales que la ley exige para acceder al beneficio (renuncia voluntaria, pensión por vejez, supresión del empleo o término de contrato por necesidades de la empresa). La recurrente se desvinculó de la Municipalidad de Recoleta por declaración de vacancia del cargo, causal distinta a las previstas en la ley, y presentó la solicitud con posterioridad a su cese, incumpliendo así los requisitos del artículo primero transitorio de la ley N° 20.305.