El Tribunal Constitucional conoció una impugnación contra el artículo 1°, inciso segund…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2022
Resumen
El Tribunal Constitucional conoció una impugnación contra el artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, que excluye la aplicación de penas sustitutivas para ciertos delitos. La parte requirente sostuvo que esa exclusión vulnera la proporcionalidad de las penas, la igualdad ante la ley y la facultad del juez para individualizar la sanción, al no atender a la gravedad del delito ni a las circunstancias del caso. El fallo resolvió acoger parcialmente la impugnación: aunque, según su parte resolutiva, el Tribunal declaró que las penas sustitutivas son constitucionales bajo distintos criterios interpretativos, entre ellos que no operan automáticamente, que la política criminal corresponde al legislador dentro de los límites constitucionales y que no existe un derecho subjetivo del condenado a una pena sustitutiva. Un ministro previno que estuvo por acoger íntegramente la impugnación.
Normas citadas
artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 18.216
artículo 17 B, de Ley N° 17.365
artículo 65, de Código Penal
artículo 66, de Código Penal
artículo 67, de Código Penal
artículo 68, de Código Penal
artículo 69, de Código Penal
artículo 3, de Código Penal
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasley de control de armasPrincipio de proporcionalidad de la PenaIgualdad ante la LeyDeterminación de la penaReinserción social
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