El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo contra la Subsecretaría…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021
Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo contra la Subsecretaría de Redes Asistenciales, que había solicitado el registro con los nombres de médicos que estudiaron fuera de Chile y aprobaron el Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina en el período indicado. El organismo había alegado la inexistencia de la información, pero el Consejo la descartó y estimó que existe un interés público prevalente, pues permite a la ciudadanía verificar qué profesionales están habilitados para prestar servicios en establecimientos públicos y comprobar la veracidad de sus credenciales. Se ordenó la entrega de ese registro en el plazo de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada. Se rechazó, en cambio, la entrega de los correos electrónicos y teléfonos particulares de los facultativos, por tratarse de datos personales protegidos por la reserva del artículo 21 N°2 de la Ley de Transparencia.
Normas citadas
Ley 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada
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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.