Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció a requerimiento del Gobierno Regional de Antofagasta sobre cómo calcular el subsidio que perciben sus funcionarios durante el permiso posnatal parental. El dictamen recuerda que, conforme a la ley N° 20.545 y al decreto con fuerza de ley N° 44, de 1978, la base de cálculo es el promedio de la remuneración mensual neta devengada en los tres meses calendario más próximos al inicio de la licencia, entendiendo por remuneración neta la imponible descontada la cotización personal y los impuestos. Concluyó que la asignación de zona del decreto ley N° 249 y la bonificación de la ley N° 19.553 no tienen carácter imponible, por lo que no deben incluirse en esa base. Respecto de la bonificación de zona extrema de la ley N° 20.212, remitió a la regulación especial del artículo 29, inciso sexto, de la ley N° 20.717.