Resumen
La Contraloría General de la República remitió a la Superintendencia de Seguridad Social una presentación relativa al subsidio pagado a una funcionaria durante su permiso postnatal parental, para que ese organismo determine si el monto fue correctamente calculado por la Subsecretaría de Salud Pública. El órgano de control explicó que no podía revisar el cálculo sin resolver previamente si, para ello, debían considerarse además de las remuneraciones, los honorarios enterados en esos períodos, materia de competencia de la Superintendencia conforme al artículo 5° del decreto con fuerza de ley N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Se recordó que el subsidio se calcula según el artículo 8° de dicho cuerpo normativo, que fija la base de cálculo y un tope diario. La resolución se limita a remitir los antecedentes y no fija un criterio sobre la pregunta de fondo.