Resumen
El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo presentado por un particular contra la Policía de Investigaciones de Chile. El requirente pidió información sobre si el organismo cumplió la obligación de denunciar presuntos delitos que él había puesto en conocimiento, conforme al artículo 61 letra k) del Estatuto Administrativo y al artículo 175 del Código Procesal Penal, y, en caso afirmativo, copia de la denuncia u oficio remitido al Ministerio Público. El Consejo acogió parcialmente el amparo, ordenando a la institución responder, al menos, si dio cumplimiento a esa obligación y, de ser afirmativo, entregar los antecedentes, por no haberse alegado ni acreditado causal de reserva alguna. Rechazó el amparo respecto de la letra a) del requerimiento, por acreditarse que el organismo ya había entregado lo pedido, y respecto de las letras c) y d), por tratarse del ejercicio del derecho de petición del artículo 19 N° 14 de la Constitución y no de una solicitud de acceso en los términos de la Ley de Transparencia. Ordenó acreditar la entrega de la información ante el Consejo.