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El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo interpuesto contra la Po…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo interpuesto contra la Policía de Investigaciones de Chile por la negativa a entregar la respuesta a un recurso de reposición presentado dentro de un proceso administrativo, así como el informe jurídico que la fundó. Se ordenó la entrega de esos antecedentes previa verificación de identidad de la reclamante, con tarjado de la identidad de particulares y funcionarios que declararon como testigos, de correos, mensajes y conversaciones aportados por terceros, y de datos personales y sensibles de personas distintas de la reclamante. Se rechazó el amparo en cuanto reclamaba la omisión de los nombres de los intervinientes en el sumario, por ajustarse a las causales de excepción del artículo 21 N°1 y N°2 de la Ley de Transparencia y a la jurisprudencia del Consejo. Se dispuso además la reserva de la identidad de la reclamante, y se instruyó al órgano acreditar el cumplimiento dentro de plazo, bajo apercibimiento de sanciones.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley 19.628
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Oficio N° 3136
  • Oficio Ord. N° 66
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Procede entregar la respuesta a un recurso de reposición y el informe jurídico que la fundó, si el órgano los negó?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió parcialmente el amparo y ordenó la entrega de esos antecedentes, previa verificación de identidad de la reclamante y con tarjado de datos personales y sensibles de terceros, testigos y funcionarios.

¿Se pueden omitir los nombres de los intervinientes en un sumario administrativo al entregar información pública?

En este caso, el Consejo rechazó el amparo en cuanto reclamaba la omisión de nombres de los intervinientes en el sumario, por ajustarse a las causales de excepción del artículo 21 N°1 y N°2 de la Ley de Transparencia y a su jurisprudencia.

¿Qué medidas puede adoptar el Consejo para la Transparencia al acoger un amparo contra un órgano de la Administración?

En este caso, el Consejo dispuso la reserva de la identidad de la reclamante e instruyó al órgano a acreditar el cumplimiento dentro de plazo, bajo apercibimiento de sanciones.

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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.