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El Consejo para la Transparencia acoge el amparo deducido contra la Policía de Investig…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

El Consejo para la Transparencia acoge el amparo deducido contra la Policía de Investigaciones de Chile y ordena la entrega de documentos vinculados a un sumario administrativo. Se establece que el requirente, en su calidad de mandatario del inculpado, tiene una calidad jurídica privilegiada para acceder a los antecedentes, conforme al Estatuto Administrativo y la ley N° 19.880, no acreditándose la causal de reserva invocada. La entrega será presencial, previa acreditación de identidad y calidad de apoderado, tarjando solo datos personales de contexto de terceros ajenos al procedimiento. Se apercibe al organismo con las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia ante el incumplimiento.

Normas citadas

  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 19.628
  • Ley N° 20.285
  • Resolución Exenta N° 33
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 18.834
  • Artículo 17° de la ley N° 19.880
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Puede el apoderado de un inculpado acceder a los antecedentes de un sumario administrativo?

En este caso, el Consejo para la Transparencia sostuvo que el requirente, como mandatario del inculpado, tiene una calidad jurídica privilegiada para acceder a los antecedentes conforme al Estatuto Administrativo y la Ley N° 19.880, y que no se acreditó la causal de reserva invocada.

¿Cómo debe entregarse la información de un sumario administrativo cuando hay datos de terceros?

En este caso, el Consejo ordenó una entrega presencial, previa acreditación de identidad y calidad de apoderado, tarjando únicamente los datos personales de contexto de terceros ajenos al procedimiento.

¿Qué ocurre si un organismo público no cumple una orden de entrega de información del Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo apercibió a la Policía de Investigaciones de Chile con las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia en caso de incumplimiento de la orden de entrega de los documentos.

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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.