El Tribunal Constitucional conoció una impugnación de inaplicabilidad por inconstitucio…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2019
Resumen
El Tribunal Constitucional conoció una impugnación de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 17 B, inciso segundo, de la Ley N° 17.798 sobre control de armas, en el marco de una gestión judicial pendiente. Los requirentes sostenían que la norma podía vulnerar garantías penales como la prohibición de doble sanción por un mismo hecho y el principio de legalidad y tipicidad del artículo 19 N° 3 de la Constitución. El Tribunal consideró que el artículo 103 de la Carta Fundamental exige un régimen de autorización previa mediante ley de quórum calificado para la tenencia de armas, y que no cabe interpretarlo como una excepción que atenúe las garantías del artículo 19, especialmente aquellas que limitan la actividad legislativa en materia penal. Concluyó que la aplicación de la norma en la gestión pendiente no resulta contraria a la Constitución, por lo que la sentencia se pronunció en ese sentido.
Normas citadas
artículo 17B, de LEY 17.798 - ESTABLECE EL CONTROL DE ARMAS.
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasley de control de armasPrincipio de proporcionalidad de la PenaIgualdad ante la LeyDeterminación de la penaReinserción social
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