3.- Al tenor de la norma transcrita las empresas hoteleras registradas ante este Servic…
Oficio · Servicio de Impuestos Internos · 2009
Resumen
3.- Al tenor de la norma transcrita las empresas hoteleras registradas ante este Servicio, se encuentran liberadas del Impuesto al Valor Agregado por los ingresos percibidos en moneda extranjera, originados en la prestación de servicios a turistas sin domicilio ni residencia en Chile. Al respecto, este Servicio en Circular N° 56, de 3/, Título II párrafo final, ha señalado que los servicios favorecidos con la exención son todos aquellos que por lo común prestan dichos establecimientos vale decir, alojamiento, servicio de comidas y bebidas, lavandería, teléfono, etc. De lo anterior se desprende que los ingresos en moneda extranjera que perciba la empresa hotelera por la prestación de servicios de alimentación a sus huéspedes, cumpliéndose los demás requisitos de la norma legal, se be
Normas citadas
Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA)
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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.