3.- Al tenor de la normativa precedentemente señalada se desprende claramente que la in…
Oficio · Servicio de Impuestos Internos · 2009
Resumen
3.- Al tenor de la normativa precedentemente señalada se desprende claramente que la inscripción ante este Servicio resulta ser un requisito que la propia ley establece para la procedencia de la exención, de manera tal que respecto de los ingresos percibidos por la empresa hotelera con motivo de servicios prestados a turistas extranjeros sin domicilio ni residencia en Chile, con anterioridad a la referida inscripción, la exención sería improcedente, toda vez que a esa fecha la contribuyente no participa de la condición de "empresa hotelera registrada...", por lo tanto, no satisface el supuesto contenido en a norma. Luego, no resulta procedente aplicar la exención en forma retroactiva como lo plantea la empresa consultante. En consecuencia, mientras no se compruebe la procedencia de la exe
Normas citadas
Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA)
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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.