Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre una consulta de una exfuncionaria del Servicio de Salud Metropolitano Oriente, quien pretendía acceder al bono de la ley N° 20.305. El organismo fiscalizador concluyó que la recurrente no tiene derecho a la bonificación. Lo determinante es que la ley exige haberse desempeñado, con anterioridad al 1 de mayo de 1981, en alguno de los organismos señalados en su artículo 1° o en sus antecesores legales, ya sea en cargo de planta, a contrata o afecta al Código del Trabajo. Según los antecedentes y los registros del órgano contralor, la interesada solo registra desempeños en esa calidad y en dichos servicios a partir de 1992, por lo que no cumple el requisito temporal exigido.