Resumen
Reclamo de resoluciones que no dieron lugar a la solicitud de exención del pago del impuesto territorial respecto de inmuebles de mutual de seguridad. sentencia no acogió el reclamo. se discutieron dos cuestiones. primero, si los inmuebles eran o no sede social de la mutual, punto en que el tribunal coincidió con la reclamante porque a ello no obstaba que en dichos lugares se realizaran actividades destinadas a personas distintas de los adherentes o miembros. segundo, se discutió si la reclamante tenía la calidad de institución de socorros mutuos. en este punto el tribunal consideró que la realmente no tenía dicha calidad por diversas razones que se detallan en la sentencia, pero, principalmente, porque la entidad no tiene como finalidad practicar los principios de cooperación y asistencia mutua. en consecuencia, la exención invocada no resulta procedente la sentencia fue apelada y confirmada por la ilustrísima corte de apelaciones de valdivia. se interpuso recurso de casación en el fondo, el cual fue rechazado por la excelentísima corte suprema.