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El Ministerio Público acusó al imputado como autor de dos delitos de homicidio califica…

Resumen del criterio jurisprudencial

El Ministerio Público acusó al imputado como autor de dos delitos de homicidio calificado, cometidos con alevosía, uno en grado de consumado y el otro en grado de frustrado. Alegó la concurrencia de la agravante del artículo 12 N° 20 del Código Penal. El querellante se adhirió a la acusación fiscal. La Defensa sostuvo que los hechos correspondían a delitos de homicidio simple, y solicitó el reconocimiento de la atenuante del artículo 11 N° 8 del Código Penal. El Tribunal consideró que los hechos se encuadraban dentro de la figura típica del homicidio, porque obrar sobre seguro, figura esgrimida por el fiscal y querellante, significa crear o aprovechar condiciones fácticas que permiten al agente evitar todo riesgo de su persona, siendo esencial que las condiciones en que obre el hechor, hayan sido o no provocadas por él, sean determinantes para la perpetración del homicidio. Pero además se requiere que haya una posición subjetiva por parte del hechor. Siendo que con la prueba rendida no se logró acreditar, directa o indirectamente, una intención de carácter alevoso en el acusado, se hizo imposible para el Tribunal, respetando la debida interpretación judicial, arribar a la conclusión contraria. En cuanto a las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, rechazó la agravante solicitada por la Fiscalía porque el uso del arma era inherente al delito cometido, no estando permitida su doble valoración. También desechó la atenuante invocada por la Defensa, por cuanto no existió una real posibilidad por parte del acusado de huir escapando del control policial.

Boletín del Ministerio PúblicoFALLOS

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.