Resumen
La Contraloría General de la República revisó la resolución exenta de la Fiscalía Nacional Económica que puso término anticipado a un contrato de prestación de servicios de aseo por incumplimiento grave de las obligaciones del proveedor. El contrato permitía esa medida cuando el servicio era deficitario en calidad, y la Fiscalía constató que la empresa mantuvo asistencia de trabajadores inferior al mínimo convenido en varios días de febrero, marzo y abril de 2015, lo que fue comunicado oportunamente a la contraparte técnica. Concluyó que dichas ausencias configuraron la causal de término prevista en la letra b) del artículo 13 de la ley N° 19.886, en relación con la letra b) del artículo 77 del decreto N° 250, procediendo además el cobro de la garantía de fiel cumplimiento. Por ello, no advirtió irregularidades en la actuación de la Fiscalía, aunque le advirtió que, en lo sucesivo, debe descontar las multas desde el estado de pago y no desde las facturas, conforme a su jurisprudencia.