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El Tribunal Constitucional examinó un requerimiento contra el inciso segundo del artícu…

Sentencia · Tribunal Constitucional · 2018

Resumen

El Tribunal Constitucional examinó un requerimiento contra el inciso segundo del artículo 19 de la Ley N° 18.216, que excluye de las penas sustitutivas a ciertos delitos. La parte requirente sostenía que esa exclusión era desproporcionada y vulneraba los artículos 19 N° 2 y N° 3 de la Constitución. El fallo, en cambio, rechazó el requerimiento. Señaló que es facultad del legislador reestimar el cumplimiento efectivo de una pena, que suprimir las modalidades sustitutivas limita la discrecionalidad judicial y respeta el principio de legalidad, y que no existe un trato discriminatorio, pues la requirente no planteó un test de igualdad adecuado. Agregó que la Constitución expresamente manda el control de armas, lo que justifica un tratamiento distinto para los delitos vinculados a esa materia.

Normas citadas

  • artículo 19, inciso segundo, de Ley N° 18.216
  • Constitución Política, artículo 1, inciso cuarto
  • Constitución Política, artículo 19, inciso segundo, numeral 3
  • Constitución Política, artículo 19, inciso cuarto, numeral 3
  • Constitución Política, artículo 19, inciso primero, numeral 3, inciso sexto
Tribunal ConstitucionalINADeclaración De Inhabilidad Del Presidente De La RepúblicaDerecho A La Libertad Personal Y Seguridad IndividualDerechos ImplicitosIgualdad Ante La LeyPrincipio De TipicidadTribunales De Justicia

Preguntas frecuentes

¿Es constitucional excluir de las penas sustitutivas a ciertos delitos de la Ley 18.216?

En este caso, el Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento y sostuvo que es facultad del legislador decidir el cumplimiento efectivo de una pena, que la exclusión respeta el principio de legalidad y que no hubo trato discriminatorio. Además, indicó que la Constitución manda el control de armas, lo que justifica un tratamiento distinto para esos delitos.

¿Vulnera la igualdad ante la ley excluir de penas sustitutivas los delitos de armas?

En este caso, el Tribunal Constitucional concluyó que no existe discriminación, porque la requirente no planteó un test de igualdad adecuado. Agregó que la propia Constitución ordena el control de armas, lo que justifica un tratamiento diferenciado.

¿Puede el legislador suprimir las modalidades sustitutivas de penas y limitar la discrecionalidad judicial?

En este caso, el Tribunal Constitucional sostuvo que el legislador puede reestimar el cumplimiento efectivo de una pena y que suprimir las modalidades sustitutivas limita la discrecionalidad judicial sin vulnerar el principio de legalidad.

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