El Tribunal Constitucional conoció un requerimiento de inaplicabilidad por inconstituci…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2022
Resumen
El Tribunal Constitucional conoció un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad en una gestión judicial pendiente, que cuestionaba el inciso segundo del artículo 1° de la Ley N° 18.216, que restringe el acceso a penas sustitutivas, y el inciso segundo del artículo 17 B de la Ley N° 17.798, sobre control de armas. La parte requirente alegaba vulneración del principio de proporcionalidad de las penas y de la igualdad ante la ley (artículo 19, N°s 2° y 3°, de la Constitución). En lo resolutivo, el Tribunal rechazó el requerimiento: concluyó que el legislador puede excluir el acceso a penas sustitutivas en delitos de especial reproche, como violencia de género, uso de armas prohibidas o robadas, tráfico de drogas y otros, sin que ello sea desproporcionado ni discriminatorio. Precisó que la determinación de la pena concreta corresponde al tribunal penal competente y no a esta Magistratura.
Normas citadas
artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 18.216
artículo 17, inciso B, segundo, de Ley N° 17.365
artículo 74, de Código Penal
artículo 65, de Código Penal
artículo 66, de Código Penal
artículo 67, de Código Penal
artículo 68, de Código Penal
artículo 69, de Código Penal
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasley de control de armasPrincipio de proporcionalidad de la PenaIgualdad ante la LeyDeterminación de la penaReinserción social
Preguntas frecuentes
¿Es constitucional que la ley excluya el acceso a penas sustitutivas en delitos de especial reproche, como el control de armas?
En este caso, el Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento y concluyó que el legislador puede excluir el acceso a penas sustitutivas en delitos de especial reproche, como el uso de armas prohibidas o robadas, sin que ello sea desproporcionado ni discriminatorio.
¿Puede el Tribunal Constitucional decidir cuánta pena le corresponde a una persona condenada por un delito?
No. En este caso, el Tribunal precisó que la determinación de la pena concreta corresponde al tribunal penal competente y no a esta Magistratura, la cual se limitó al control de constitucionalidad de la norma.
¿Vulnera la igualdad ante la ley la restricción de penas sustitutivas para ciertos delitos?
En este caso, el Tribunal Constitucional sostuvo que la restricción de acceso a penas sustitutivas en delitos de especial reproche no vulnera la igualdad ante la ley, por lo que desestimó el alegato de discriminación formulado por la parte requirente.
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