Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido contra el Servicio de Salud Coquimbo, por la negativa a entregar copia del expediente de un sumario administrativo resuelto mediante resolución exenta. El Consejo ordenó la entrega de la información, pero con reserva previa de los datos personales de quienes intervinieron en el procedimiento, incluidos denunciante, denunciado y funcionarios testigos, así como de cualquier antecedente que permita identificarlos, como domicilio, contacto, RUT, estado civil, fecha de nacimiento y menciones a salud física o psíquica. La decisión se fundó en el principio de divisibilidad, que protege la vida privada de terceros y el funcionamiento del órgano, y en el control social de la función pública, que permite conocer los fundamentos de la decisión disciplinaria. El servicio debe cumplir en un plazo de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada y acreditar la entrega ante el Consejo.