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AdministrativoRechaza

El Consejo para la Transparencia conoció un amparo presentado por un particular contra…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2018

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció un amparo presentado por un particular contra el Servicio de Salud de la Región de Coquimbo, que buscaba acceder a dictámenes del fiscal y expedientes de sumarios administrativos contra funcionarios investigados. Por unanimidad, el Consejo rechazó el amparo, al configurarse la causal de reserva del artículo 21 N° 5 de la Ley de Transparencia, en relación con el artículo 137 del Estatuto Administrativo. No obstante, recomendó al Director del Servicio entregar los antecedentes una vez que los expedientes sumariales se encuentren afinados, tarjando previamente los datos personales de contexto conforme a la Ley N° 19.628. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde la notificación.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Se puede acceder vía Ley de Transparencia a los sumarios administrativos de funcionarios públicos mientras están en tramitación?

En este caso, el Consejo para la Transparencia rechazó el amparo porque se configuró la causal de reserva del artículo 21 N° 5 de la Ley de Transparencia, en relación con el artículo 137 del Estatuto Administrativo. Recomendó entregar los antecedentes una vez afinados los expedientes, tarjando previamente los datos personales.

¿Qué plazo hay para reclamar de una decisión del Consejo para la Transparencia que rechaza un amparo?

Según el resumen, contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde la notificación.

¿Un servicio de salud puede negar el acceso a dictámenes del fiscal en un procedimiento disciplinario?

En este caso, el Consejo para la Transparencia confirmó la negativa al amparo por la causal de reserva del artículo 21 N° 5 de la Ley de Transparencia, en relación con el artículo 137 del Estatuto Administrativo. Por unanimidad, el Consejo rechazó la solicitud de acceso.

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