El Tribunal Constitucional conoció de un requerimiento de inaplicabilidad por inconstit…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2019
Resumen
El Tribunal Constitucional conoció de un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 17 B, inciso segundo, de la Ley N° 17.798, sobre control de armas, en una gestión judicial pendiente. La parte requirente sostenía que la norma resultaba contraria a la Constitución, mientras que la discusión de fondo recorrió argumentos sobre la facultad del legislador en materia de armas y las garantías del artículo 19 de la Carta Fundamental. El Tribunal concluyó que la aplicación de la norma en la gestión judicial pendiente no resulta contraria a la Constitución, por lo que la impugnación no fue acogida. La decisión se fundó en que el artículo 103 de la Constitución establece un régimen de autorización previa por ley de quórum calificado para la posesión de armas, sin que de ello derive una excepción a las garantías constitucionales de las personas.
Normas citadas
artículo 17B, de LEY 17.798 - ESTABLECE EL CONTROL DE ARMAS.
artículo 3, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 21, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 56, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 65, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 66, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 67, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 68, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasley de control de armasPrincipio de proporcionalidad de la PenaIgualdad ante la LeyIndeterminación de la multa administrativaReinserción social
Preguntas frecuentes
¿Es constitucional aplicar el artículo 17 B de la Ley 17.798 sobre control de armas en una causa penal pendiente?
En este caso, el Tribunal Constitucional concluyó que la aplicación del artículo 17 B, inciso segundo, de la Ley 17.798 en la gestión judicial pendiente no es contraria a la Constitución, por lo que rechazó la impugnación.
¿Puede el legislador regular la posesión de armas y limitar las garantías del artículo 19 de la Constitución?
Según este fallo, el artículo 103 de la Constitución establece un régimen de autorización previa por ley de quórum calificado para la posesión de armas, sin que de ello derive una excepción a las garantías constitucionales de las personas.
¿Cuándo procede un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional?
En este caso, el Tribunal Constitucional conoció de un requerimiento de inaplicabilidad respecto del artículo 17 B de la Ley 17.798, interpuesto en una gestión judicial pendiente, y lo resolvió examinando si la aplicación de esa norma en dicha gestión vulneraba la Constitución.
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